miércoles, 6 de febrero de 2008

ASPECTOS LEGALES DE LA IDENTIFICACIÓN TRIBUTARIA

ASPECTOS LEGALES DE LA IDENTIFICACIÓN TRIBUTARIA


La identificación tributaria es un código único, generalmente de carácter alfanumérico, utilizado con el fin de poder identificar inequívocamente a todas las personas físicas o jurídicas susceptibles de tributar, asignados a estás por los Estados, con el que confeccionan el registro o censo de las mismas, para efectos administrativos.

Importancia y necesidad de la identificación tributaria




El espectacular aumento de la base de contribuyentes que se produce en los países desarrollados y, de forma menos espectacular pero también muy importante, en los países en vías de desarrollo durante el último cuarto del siglo XX, unido a la aparición de nuevas herramientas de gestión más eficaces y con capacidad para tratar y procesar grandes cantidades de datos (desde las primeras máquinas perforadoras de tarjetas o fichas hasta los sistemas informáticos de principios del siglo XXI) hace que las administraciones tributarias comiencen a confeccionar primero, para depurar y corregir después, listados o relaciones de contribuyentes hasta conseguir finalmente contar con unos censos o padrones que les han permitiendo realizar con mayor economía, celeridad y eficacia la labor que la Ley les encomienda y que no es otra que la de conseguir, mediante la recaudación de Impuestos, tasas o contribuciones especiales, los ingresos necesarios para el sostenimiento del Gasto público।




La calidad y fiabilidad de los mencionados censos de contribuyentes ha alcanzado cotas notables a través, entre otras medidas, de la correcta e inequívoca identificación de los contribuyentes para lo cual en mayor o menor medida todos los Estados modernos han optado por asignar una identificación, a efectos tributarios, a todos y cada uno de sus contribuyentes, en forma de clave o código por lo general de carácter alfanumérico en el que alguno de sus dígitos funciona como verificador de que los demás son correctos।
En Venezuela se utiliza el registro de información fiscal (R.I.F) para identificar a cada comercio en sus diferentes áreas de desempeño.

Registro de Información Fiscal
Toda persona que desee poseer un registro de comercio tienen, con el objeto de mantener la identificación de las personas naturales ò jurídicas, las comunidades, las entidades o agrupaciones sin personalidad jurídica, responsables del Impuesto sobre la renta, así como los agentes de retención , el deber de inscribirse en el Registro de Información Fiscal (RIF).

El Registro de Información Fiscal (RIF) es un registro destinado al control tributario. Debe ser utilizado en toda la papelería del contribuyente en su establecimiento o asuntos relacionados con su establecimiento.

REGISTRO DE INFORMACIÓN FISCAL (RIF)

El contribuyente o el responsable deberá acudir ante el Servicio Nacional Integrado de Administración Tributaria SENIAT, recoger el formulario de Información Fiscal, el cual debe ser llenado indicando los datos generales de identificación, dirección, actividad económica, tipo de persona (natural o jurídica) y fecha de constitución.

Este formulario es entregado a la Administración Tributaria a cuya jurisdicción corresponda con el domicilio, acompañado del documento constitutivo (Registro Mercantil), que acredite su existencia.
El SENIAT procede a expedir el certificado de Registro de Información Fiscal (R.I.F), el cual contiene los datos básicos de la empresa y un número de identificación de diez (10) dígitos.

Este documento pasa a ser el Número de Identificación de la Empresa ante el SENIAT y debe ser utilizado para todas las actuaciones ante la Administración Tributaria y otros entes.

Debe aparecer en la papelería comercial del contribuyente (facturas, remisiones, cotizaciones, declaraciones, etc).



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